FIANZAS

Necesidades reales para la práctica penal

¿Tus clientes tienen dificultades para obtener fianzas y así conseguir la libertad provisional que evite la prisión preventiva?¿O temen que al abrirse la fase intermedia se les embarguen todos sus bienes porque no pueden prestar fianza?

¿Qué es una fianza en el proceso penal?

La fianza es un mecanismo legal utilizado por los tribunales para asegurar que el acusado o persona con responsabilidad civil subsidiaria, respondan por los posibles daños derivados de un delito. Esta medida no requiere que ninguna de las partes la solicite, sino que puede ser impuesta directamente por el juez si existen indicios razonables de que se ha cometido un delito o que pueden derivarse responsabilidades económicas.

La regulación sobre esta figura se encuentra en los artículos 589 al 614 de la ley de enjuiciamiento criminal.

1. Fianza ordinaria

Tiene como propósito garantizar el cumplimiento de las obligaciones económicas que pudieran derivarse de una condena penal, como el pago de indemnizaciones o costas judiciales. En este sentido, funciona como una forma de protección para evitar que, si la persona es declarada culpable, las víctimas puedan ser resarcidas económicamente.

Esta fianza puede imponerse tanto al acusado como a terceros que no tienen responsabilidad penal directa, pero sí civil.

Existen distintas modalidades dentro de la fianza ordinaria:

1
Fianza personal
Puede prestarla cualquier ciudadano que tenga buena reputación, resida en el país, y cuente con solvencia económica y arraigo suficiente.
2
Fianza crediticia
Se trata de una garantía económica inmediata, parecida a la caución regulada en el ámbito civil.
3
Fianza real
Se puede constituir mediante bienes concretos, como objetos de valor (fianza pignoraticia) o inmuebles hipotecados (fianza hipotecaria).

Para que el juez imponga esta fianza, deben cumplirse varias condiciones: que existan indicios sólidos de la comisión de un delito, que la víctima no haya renunciado a reclamar daños, y que el importe cubra al menos una tercera parte más del total de los daños estimados. Además, esta medida se formaliza por medio de una resolución judicial y se tramita en una pieza separada del procedimiento principal.

2. Fianza para evitar la prisión provisional

Esta modalidad permite al investigado mantenerse en libertad mientras se tramita el proceso penal, a cambio de una cantidad económica que garantice su comparecencia en el juicio. Es una alternativa intermedia entre quedar en libertad sin condiciones y ser enviado a prisión provisional.

El juez determinará si procede imponerla si hay pruebas suficientes de que la persona ha participado en el delito y si la pena prevista supera los dos años de prisión. La cantidad de la fianza se fijará y se le exigirá acudir al juzgado siempre que sea requerido. Si incumple sin justificación, se puede ordenar su ingreso en prisión.

¿Necesita cubrir una fianza penal y no dispone de liquidez inmediata?

En el contexto penal, una fianza puede suponer la diferencia entre la libertad provisional o el ingreso inmediato en prisión. Sin embargo, no todas las personas disponen de capital líquido en el momento en que más lo necesitan. Desde nuestra firma, ofrecemos soluciones rápidas, profesionales y personalizadas para ayudarle a cubrir la fianza penal a través de un sistema de respaldo financiero basado en activos reales.

¿Qué ofrecemos?

Un servicio exclusivo de anticipo de capital frente a garantías materiales:

Bienes inmuebles

Vehículos

Oro físico o piezas de valor

Activos transferibles de terceros

Brindamos la posibilidad de transformar esos activos en el capital necesario para satisfacer la exigencia del juzgado, sin recurrir a préstamos tradicionales.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

  • Personas que no tienen liquidez inmediata, pero sí poseen propiedades, vehículos o bienes valiosos que pueden ser utilizados como aval.

 

  • Individuos que disponen de oro físico u otros activos realizables, pero no pueden movilizarlos a tiempo por cuestiones técnicas o personales.

 

  • Familiares o amigos del acusado que estén dispuestos a ceder temporalmente un activo o garantía con el fin de reunir el importe exigido por el tribunal.

 

  • Personas que tienen el capital requerido, pero tienen dificultades para obtener un aval o una fianza.

¿Cómo trabajamos?

1
Evaluación inmediata
Analizamos su caso de forma urgente y discreta.
2
Garantía basada en activos
Aceptamos criptomonedas y bienes físicos como respaldo: oro, propiedades, vehículos u otros elementos de valor. Se aceptan activos propios o aportados por terceros. Valoramos tu situación concreta.
3
Desembolso rápido del capital
Una vez validado el aval, se procede a liberar el importe necesario para cubrir la fianza ante el juzgado.
4
Confidencialidad absoluta
Todo el proceso es tratado bajo la más estricta reserva. Sin intermediarios, sin exposición innecesaria.

Un apoyo en los momentos más difíciles

Sabemos que enfrentarse a un proceso penal puede ser abrumador, especialmente si no se dispone de los recursos financieros en el momento preciso. Por ello, ofrecemos una alternativa concreta, basada en activos reales, para ayudarle a salvaguardar su libertad mientras se resuelve el procedimiento.

Si usted, o alguien cercano, se encuentra en esta situación, contáctenos de forma privada. Le daremos una solución a medida.

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